En el estudio de causa Nº 336/19 caratulada: “Dino Percy Barletta León c/ Abgs. SILVANA OTAZÚ, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nº 01 Especializada de Delitos Informáticos de la Capital; y, FÁTIMA CAPURRO, Agente Fiscal de la Unidad Penal Nº 16, Sede I de la Capital s/ Denuncia”.

Expedientes caratulados: “INVESTIGACIÓN FISCAL S/ SUPUESTO HECHO PUNIBLE DE APROPIACIÓN Y HURTO AGRAVADO”; “INVESTIGACIÓN FISCAL S/ SUPUESTO HECHO PUNIBLE DE APROPIACIÓN, HURTO AGRAVADO Y LESIÓN DE CONFIANZA”.

La denuncia devino inadmisible en virtud a lo dispuesto en el art. 16 de la ley especial del Jurado.

A los agentes fiscales, les sindicaron lo siguiente.

  • Habrían incurrido en retardo contra la administración de justicia, mala fe, abuso del derecho y  omisión de auxilio.

La preopinante de la causa fue la representante del Consejo de la Magistratura, Dra. Mónica Seifart, la agente fiscal Abg. Silvana Otazú,  informó que la causa N° 17/17 estuvo a cargo de los agentes fiscales, Leonardi Guerrero y Hernán Galeano y fue desestimada por requerimiento fiscal N° 96 de fecha 31 de octubre del 2018, sin que la misma haya tenido intervención alguna.

Este dato objetivo es suficiente como para afirmar la inexistencia de indicios de mal desempeño funcional.

En cuanto al único motivo atribuido a la agente fiscal Fátima Capurro, del análisis de las constancias del cuaderno de investigación fiscal N° 5.022/19, se tiene que la citada funcionaria fiscal realizo ciertas diligencias investigativas, sin embargo la última actuación que data del año 2019 trata sobre la remisión de las actuaciones a la fiscalía adjunta solicitando instrucciones respecto a la procedencia de la denuncia formulada por el denunciante inadmitido en auto en sede penal , cuya petición fue posteriormente contestada por dicha dependencia fiscal sin que se haya observado acto concreto alguno que permita inferir los extremos señalados por el recurrente es esta instancia.

Esto permite señalar la inexistencia de sospecha razonable de mal desempeño funcional en la conducta de la agente fiscal Fátima Capurro.

Por lo expuesto la Dra. Seifart, voto por el rechazo de la denuncia y archivo de la causa contra las citadas agentes fiscales.

El Jurado resolvió por unanimidad de los miembros presentes RECHAZAR la denuncia y ARCHIVAR la causa, al no surgir elementos de sospecha de la causal de mal desempeño de funciones.

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