Por Nota de fecha 28 de diciembre de 2021, los funcionarios de la Institución, pusieron a conocimiento de la Presidencia las dificultades permanentes que sufren, tanto los titulares como sus beneficiarios, para el acceso a los servicios de salud del Instituto de Previsión Social (IPS). Los inconvenientes mayoritariamente corresponden a deficiencias administrativas del IPS que conllevan a la falta de atención médica.
En el mes de julio del 2021, fue promulgada la Ley Nº 6765/2021, por la que los funcionarios de la institución fueron incorporados a las prestaciones de salud ofrecidas por la previsional. Posteriormente, el Consejo de Administración del Instituto de Previsión Social reglamentó esta incorporación. Esta reglamentación requirió urgentes modificaciones, solicitadas por el Jurado, porque resultaban gravosas e inaplicable el uso del seguro social.
Tras un trabajo interinstitucional entre el IPS, Ministerio de Hacienda y del JEM, da como resultado una resolución por el cual, funcionarios del JEM y sus beneficiarios deberán contar con cobertura de salud de forma inmediata.
Posteriormente, a petición del Jurado, la Dirección de Aporte Obrero Patronal del IPS, emitió una Circular con relación a los funcionarios del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, por el cual recuerda que se debe tener en cuenta como periodo de carencia cumplido los meses de noviembre/2021 a abril/2022, más allá de los pagos de los aportes, es decir, tendrán cobertura de salud de forma inmediata, sin requerir el primer mes de aporte para el titular y el segundo de aporte para el beneficiario.
Es importante mencionar que la Institución se encuentra al día con los aportes obrero patronales obligatorios, pese a ese cumplimiento la cobertura no resulta efectiva para los funcionarios y familiares para ser asistidos tanto en el Hospital Central, clínicas periféricas del IPS, como también las del interior.
Un constante reclamo de los funcionarios es que el sistema informático del IPS no registra en su mayoría a los asegurados, por ende, no pueden ser admitidos para consultas programadas ni atendidos en urgencias. Cabe recalcar que los inconvenientes con el IPS están presentes desde el primer día en que los funcionarios de la Institución migraron al seguro social.
Desde el mes de diciembre y hasta la fecha se ha recepcionado más de 15 reclamos de funcionarios y beneficiarios, todos plenamente identificados, quienes no lograron oportuna atención y debieron recurrir a establecimientos privados y públicos donde sí han sido auxiliados.
En ese sentido, a fin de brindar respuesta a los funcionarios, el Presidente Abg. Jorge Bogarín Alfonso junto con el Vicepresidente 1°, Dip. Nac. Rodrigo Blanco, y en compañía de Directores de la Institución, mantuvieron una reunión con el Consejero del IPS, Abg. Miguel Doldán, quien se encontraba como encargado de despacho de la Presidencia, en la cual se puso a su conocimiento todos los antecedentes e igualmente se presentó una nota en la que se individualiza los casos conocidos hasta esa fecha, requiriendo una solución urgente.
En consecuencia, nuevamente, la Gerencia de Salud del IPS, emitió la Circular N° 06/2022, de fecha 27 de enero de 2022, a través de la cual informa que se encuentra en plena vigencia el seguro social IPS de los funcionarios y jubilados del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, detallando ciertas directivas que debieran seguir las oficinas ante inconvenientes en el Sistema de Comprobación de Derechos para agendamiento y atención de los asegurados.
Sin embargo y pese a todas las normas y gestiones detalladas previamente, hasta la fecha seguimos recibiendo reclamos de los funcionarios asegurados.
Por último, peticionamos encarecidamente al Instituto de Previsión Social el cumplimiento de la Ley N° 6765/2021, “AUTORIZA LA INCORPORACIÓN AL SEGURO SOCIAL DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS FUNCIONARIOS Y CONTRATADOS DEL JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS Y DE LOS JUBILADOS QUE HAYAN PRESTADO SERVICIOS EN DICHA REPARTICIÓNAUTORIZA LA INCORPORACIÓN AL SEGURO SOCIAL DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS FUNCIONARIOS Y CONTRATADOS DEL JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS Y DE LOS JUBILADOS QUE HAYAN PRESTADO SERVICIOS EN DICHA REPARTICIÓN”, en beneficio de los asegurados, en respuesta a los justos reclamos señalados por los funcionarios de la Institución.
Asunción, 10 de febrero de 2022.