INFORME DE SESIÓN ORDINARIA
I) CONSIDERACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 15 DE NOVIEMBRE DE 2022 – TECHAKUAA ATY ÑE’ Ê ORDINARIA ARANGE 15 JASYPATEĨ 2022-me.
- Por unanimidad, el Jurado resolvió APROBAR el acta de la Sesión Ordinaria de fecha 15 de noviembre de 2022.
II) ESTUDIO DE EXPEDIENTES – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO REHEGUA
- Enjuiciamientos en Trámite – KUATIA ÑEMOARANDU MBOHEKOJOJA MBOHAPE
1a) Estudio sobre la pertinencia de disponer la apertura de la causa a prueba o declarar la cuestión de puro derecho en la causa n.º 373/2020 caratulada: “ABG. PABLO ZORRILLA, Agente Fiscal de la Unidad Penal n.° 07 de la ciudad de Pedro Juan Caballero, Sede Fiscal del Departamento de Amambay s/ Enjuiciamiento”.
Expedientes caratulados: “Ministerio Público c/ Personas desconocidas s/ Doble homicidio en esta ciudad”; “Ministerio Público c/ Roberto Ramón Acevedo Quevedo s/ Coacción” y “Ministerio Público c/ Marcelo Ojeda, Julio Palacios, Miguel Colmán s/ Privación de libertad y Persecución de inocentes”.-
- El Jurado resolvió la APERTURA DE LA CAUSA A PRUEBA en atención a la existencia de pruebas pendientes de diligenciamiento relacionadas a los pedidos que fueron ofrecidos oportunamente por la parte enjuiciada, todo ello, a tenor del artículo 26, de la Ley n.° 3759/2009.
1b) Estudio sobre la pertinencia de disponer la apertura de la causa a prueba o declarar la cuestión de puro derecho en la causa n.º 286/2021 caratulada: “Empresa Valle Ybate S. A. c/ ABG. NORMA MABEL FLEITAS, Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Primer Turno de la ciudad de San Pedro, Circunscripción Judicial de San Pedro s/ Enjuiciamiento”.
Expediente caratulado: “Egon Conrado Schutt Haudenschild c/ Sergio Reinaldo Giménez Silvera, propietario de la estancia denominada Rancho Alegre s/ Cobro de guaraníes en diversos conceptos laborales”.-
- El Jurado resolvió DECLARAR LA CUESTIÓN DE PURO DERECHO y llamar autos para sentencia a tenor del artículo 29 de la Ley n.º 6814/2021.
- En la presente causa se encontraban inhibidos: el Presidente Abg. Jorge Bogarín Alfonso, así como los Ministros: el Prof. Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candia y el Dr. César Diesel.
- Integraron: el Dr. César Rufinelli y los Ministros Prof. Dr. Alberto Joaquín Martínez Simón y Prof. Dr. Luis María Benítez Riera.
2) Estudio de Recursos de Reposición – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO REPOSICIÓN REHEGUA
2a) Causa n.º 42/2022 caratulada: “Luis Jesús Catacora Jiménez c/ ABG. SADY CAROLINA BARRETO TORRES, Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 2° turno de la ciudad de Paraguarí, Circunscripción Judicial de Paraguarí s/ Acusación”.
Expediente caratulado: “Luis Eduardo Catacora Zárate s/ Régimen de relacionamiento”.-
- El Jurado resolvió RECHAZAR del Recurso de Reposición interpuesto por el Señor Luis Jesús Catacora, contra el A.I. N.° 252 de fecha, 07 de junio de 2022, por extemporáneo.
2b) Causa n.º 209/2021 caratulada: “Abg. César Estigarribia Quiñónez c/ ABG. MARCELO FRANCISCO SALDÍVAR BELLASAI, Agente Fiscal de la Unidad Penal n.° 02, Barrial n.° 02 de la Capital s/ Denuncia”.
Expediente caratulado: “César Alfredo Estigarribia Quiñónez s/ Supuesto hecho punible de Apropiación – Causa n.° 185/15”.-
- El Jurado resolvió RECHAZAR el Recurso de Reposición interpuesto por el Abg. César Estigarribia Quiñónez contra el A.I. N.° 401 de fecha, 30 de agosto de 2022, por improcedente.
- En la presente causa, se encontraba inhibido el Ministro de la Corte Suprema de Justicia, Dr. César Diesel.
3) Estudio de Desistimientos – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO DESISTIMIENTO REHEGUA
3a) Causa n.º 118/2022 caratulada: “Ferminio Héctor López Ríos c/ ABG. FÉLIX MARÍA MUZZACHI CANTERO, Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del 2° turno de la ciudad de Pilar, Circunscripción Judicial de Ñeembucú s/ Denuncia”.
Expediente caratulado: “Ever Arsenio Paredes Torres c/ Diego Ariel Ruíz Vera y Ferminio Héctor López Ríos s/ Acción preparatoria de juicio ejecutivo”.-
- El Jurado resolvió hacer efectivo el APERCIBIMIENTO, tener por desistido al recurrente y, en consecuencia, ARCHIVAR la presente causa.
3b) Causa n.º 114/2022 caratulada: “Abg. Horacio Fialayre c/ ABGS. JENNIFER YNSFRÁN, Jueza Penal de Garantías n.° 01 de la ciudad de Luque, Circunscripción Judicial de Central; SONIA PEREIRA, Agente Fiscal de la Unidad Penal n.° 02 de la ciudad de Luque, Sede Fiscal del Departamento Central; y ALMA ZAYAS, Agente Fiscal de la Unidad Penal Especializada de Delitos Económicos y Anticorrupción de la Capital s/ Denuncia”.
Expedientes caratulados: “Sonia Pereira y otro s/ Prevaricato” y “Epifanio Rojas Carissimo s/ Estafa y otro”.-
- El Jurado resolvió hacer efectivo el APERCIBIMIENTO, tener por desistido al recurrente y en consecuencia ARCHIVAR la presente causa.
4) Expediente para Estudio y Consideración – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO HA TECHAKUAA HAĞUA
4a) Causa n.º 96/2022 caratulada: “Clotilde Candia Jara c/ ABG. MARÍA IGNACIA FRANCO, Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del 4° Turno, Circunscripción Judicial de Caaguazú s/ Acusación”.
Expediente caratulado: “Ramón Cantero Varela c/ Óscar Alfredo Almirón y Clotilde Candia Jara s/ Cumplimiento de contrato y Obligación de hacer escritura pública”.-
- El Jurado resolvió el RECHAZAR in límine de la acusación presentada por la señora Clotilde Candia Jara contra la magistrada Abg. María Ignacia Franco, en virtud a lo que establece el Art. 21 de la Ley 6814/2021, por apartarse notoriamente todos los hechos acusados de las causales de mal desempeño de funciones , previstas en la mencionada ley.
4b) Causa n.º 103/2022 caratulada: “Abg. Isidro Rodríguez Duarte c/ ABG. MIRKO ÓSCAR VALINOTTI GALEANO, Juez Penal de Garantías n.° 10, Circunscripción Judicial de la Capital y los ABGS. EMILIANO ROLÓN FERNÁNDEZ y ARNULFO ARIAS, Miembros del Tribunal de Apelación en lo Penal de la Cuarta Sala, Circunscripción Judicial de la Capital s/ Acusación”.
Expediente caratulado: “Patricio Gaona Franco s/ Acoso sexual”.-
- El Jurado resolvió RECHAZAR IN LIMINE la acusación presentada contra los Magistrados Abgs. Mirko Oscar Valinotti, Emiliano Rolón Fernández y Arnulfo Arias.