I) CONSIDERACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 28 DE MARZO DE  2023 – TECHAKUAA ATY ÑE’ Ê ORDINARIA ARANGE 28 JASYAPY  2023-me.

  • Por unanimidad de los Miembros presentes,  fue aprobada el Acta de la Sesión Ordinaria del 28 de marzo de 2023.

II) ESTUDIO DE EXPEDIENTES – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO REHEGUA

1) ESTUDIO DE ACLARATORIA DE OFICIO – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO ACLARATORIA OFICIO REHEGUA:

1a) Causa n.º 33/2022 caratulada: “Celia María Galli Samaniego c/ ABG. ÓSCAR LÓPEZ LATERZA, Agente Fiscal de la Unidad Penal n.° 01, Barrial n.° 08 de la Capital s/ Enjuiciamiento”.

Expediente caratulado: “Celia Galli s/ Apropiación”. –

  • El Jurado resolvió Aclarar de oficio el A.I Nº 463/2022 de fecha 29 de febrero dictado por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, en el sentido de establecer que el numeral 1 de la parte resolutiva de la citada Resolución, quede redactada de la siguiente forma:
  1. Admitir las pruebas instrumentales, testificales y otros medios de prueba ofrecidas por las partes por su orden, a cuyo efecto se deberán librar los oficios pertinentes y fijar fecha para las audiencias correspondientes.

Miembro Inhibido: Ministro Dr. César Diesel Junghanns.

2) ESTUDIO DE RECURSO DE REPOSICIÓN – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO REPOSICIÓN REHEGUA:

2a) Causa n.º 126/2022 caratulada: “Abg. Hugo Marcelo Ortiz Ramírez c/ ABGS. HUMBERTO JAVIER ROSETTI, Agente Fiscal Adjunto del Área X – Departamento de Alto Paraná; ZUNILDA OCAMPOS MARÍN y ALCIDES AGUSTÍN GIMÉNEZ ZORRILLA, Agentes Fiscales en lo Penal de Ciudad del Este, Sede Fiscal del Departamento de Alto Paraná s/ Acusación”.

Expediente caratulado: “Persona innominada s/ Coacción”. –

  • El Jurado resolvió Declarar inoficioso el estudio del Recurso de Reposición interpuesto por el Abg. Hugo Ortiz contra la providencia del 21 de febrero de 2023, conforme a los argumentos antes expuestos.

3)  ESTUDIO DE DESISTIMIENTOS – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO TEKOJOPY REHEGUA:

3a) Causa n.º 06/2023 caratulada: “Municipalidad de Maracaná c/ ABG. MARÍA MONSERRAT VERA DE ERRECARTE, Jueza de Paz de la ciudad de San Juan Nepomuceno, Circunscripción Judicial de Caazapá s/ Acusación”.

Expediente caratulado: Compañía Imperial del Paraguay c/ Municipalidad de Maracaná s/ Acción preparatoria de juicio ejecutivo”. –

  • El Jurado resolvió Hacer efectivo el Apercibimiento tener por desistido al recurrente en la presente causa y en consecuencia, por mayoría simple se ordena la remisión de los antecedentes mencionados a la Dirección General de Asuntos Legales para el análisis de la viabilidad o no de la apertura de una Investigación Preliminar o Enjuiciamiento Oficioso, conforme a lo establecido en el Art. 18 de la Ley Nº 6814/2021 y,  en el plazo de 20 días contados a partir de la fecha sea puesto a consideración del Pleno para su análisis.

3b) Causa n.º 09/2023 caratulada: “Carlos Modesto Ferreira Flores c/ ABG. FEDERICO LEGUIZAMÓN NOGUERA, Agente Fiscal de la Unidad Penal n.° 01, Barrial n.° 02 de la Capital s/ Denuncia”.

Expediente caratulado: Carlos Alberto Levi y otros s/ Producción de documentos no auténticos”. –

  • El Jurado resolvió Hacer efectivo el Apercibimiento tener por desistido al recurrente y en consecuencia Archivar la causa.

III) ASUNTOS VARIOS – OPAICHAGUA MBA’E

  1. El Presidente Dip. Nac. Rodrigo Blanco Amarilla, puso a conocimiento del Pleno que en fecha 10 de abril del corriente a las 13:00 h se llevará a cabo una Capacitación sobre la “Competencia y Alcances del Tribunal de Cuentas. Desafíos de la Administración en el Derecho Paraguayo”, dicha capacitación  estará dirigida a los funcionarios de la institución, con el fin de que los mismos puedan ampliar y fortalecer sus conocimientos en el área, especialmente en lo que tenga que ver con los procesos relacionados con los juicios de sumarios administrativos. Esta capacitación será transmitida por todas las plataformas, lo que permite que otros interesados puedan tener acceso a la misma. Asimismo, tendremos el agrado de contar con el Prof. Dr. Gonzalo Sosa Nicoli, como disertante.
  • El Vicepresidente Primero Sen. Nac. Ramón Retamozzo puso a consideración del Pleno, los hechos denunciados en las siguientes publicaciones periodísticas:

PUBLICACIÓN DEL 30 DE MARZO DEL 2023: el Diario ABC Color, en un artículo titulado: «Jueza que libero a brasileños detenidos con fusiles también beneficio con medida similar a captores de policías», señaló que el 11 de marzo del corriente año, la Jueza Ilda Acosta ya había beneficiado con arresto domiciliario a los hermanos Emigdio Osvaldo y Derlis López Ortiz, actuación similar a la ocurrida respecto a los brasileños que fueron detenidos con fusiles de guerra, razón por la cual solicito que se agregue esta publicación a los antecedentes de la Jueza Ilda Acosta que en su momento puse a consideración al pleno del Jurado, ya que puede existir reiteración en el actuar que se denuncia.-

PUBLICACIÓN DEL 01 DE ABRIL DEL 2023: el medio «PDS Radio y TV Digital», el 01 de abril de 2023, en un artículo titulado: «Juez se opone a insólito requerimiento fiscal que pidió rectificar imputación», señaló cuanto sigue: «El juez Penal de Garantías, José Agustín Delmás resolvió no hacer lugar a la reposición planteada por la defensa del abogado Iván Balbuena, quien sería presta nombre del condenado Ramón González Daher, imputado por el fiscal Augusto Ledesma por el requisito establecido para la presentación de una imputación, por lo que se allanó al pedido del abogado de Balbuena”

PUBLICACION DEL 03 DE ABRIL DEL 2023: el Diario «Última Hora», el 03 de abril de 2023, en un artículo titulado: «Jueza busca que millonario daño no muera por «absurdo» pedido de fiscala», hizo mención a la actuación de la Agente Fiscal Stella Mary Cano, quien -según la publicación- se adhirió a que se extinga una causa donde habría un millonario perjuicio a la Caja Bancaria, lo cual generó una dura crítica de la Jueza Cynthia Lovera.

Considero que los hechos denunciados en las publicaciones, respecto a los Agentes Fiscales Alejandro Cardozo Pereira, Augusto Ledesma y Stella Mary Cano, son relevantes para este Jurado, por lo que solicito la remisión de estos antecedentes a la Dirección General de Asuntos Legales, a los efectos del artículo 18 de la Ley especial”.

“Y por otra parte, en cuanto a la publicación referente a la Jueza Ilda Acosta, solicito se agregue esta publicación a los antecedentes sobre la Magistrada que en su momento puse a consideración al pleno del Jurado, ya que puede existir reiteración en su actuar”, finalizó el miembro.

  • El Jurado resolvió tomar nota vía Secretaria Jurídica de la intervención del Sen. Nac. Ramón Retamozo respecto a las publicaciones. Y, disponer la remisión de los antecedentes  a la Dirección General de Asuntos Legales para su análisis, en virtud del Art. 18 de la Ley 6814/2021.  

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