I) CONSIDERACIÓN DE LAS ACTAS DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL 06 DE FEBRERO DE 2025, Y LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL 12 DE FEBRERO DE 2025.

  • El Jurado resolvió aprobar por unanimidad las actas de la Sesión Ordinaria de fecha 06 de febrero de 2025 y el de la Sesión Extraordinaria de fecha 12 de febrero de 2025.

II) ESTUDIO DE EXPEDIENTES  –  KUATIA ÑEHESA’ỸIJO REHEGUA

1) ANÁLISIS DE ANTECEDENTES

* Análisis sobre la apertura de investigación preliminar previa o enjuiciamiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley n.° 6814/21, con relación a los antecedentes remitidos por la Corte Suprema de Justicia, en atención al expediente caratulado: “Ministerio Público c/ Jorge Luis Cuenca s/ Abigeato” ; la publicación periodística titulada: “Corte ordena investigar inacción en caso de abigeato”, y puestos a conocimiento de los Señores Miembros en sesión ordinaria del 28 de noviembre de 2024. –

  • El Jurado resolvió iniciar de oficio una investigación preliminar previa respecto a los Jueces Penales Abgs. Guillermo Ortega, Ma. Ramona Melgarejo, Hilario Bustos, Agentes fiscales Abgs. Cecilia Inés Núñez Castillo, Gladys Teresita Paredes, Mercedes Vera Monges, Rita Prieto Talavera y Eustacio Hermosilla, a tenor de lo dispuesto en el Art. 18 de la ley del Jurado, así también librar los oficios pertinentes, traer a la vista un informe pormenorizado y las compulsas del expediente judicial y el cuaderno de investigación fiscal que guarda relación con la investigación. Así también ARCHIVAR los antecedentes relacionados con la Abg. Artemisa Marchuk.

* Análisis sobre la apertura de investigación preliminar previa o enjuiciamiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley n.° 6814/21, con relación a la auditoría de gestión administrativa y jurisdiccional realizada al Presidente del Consejo de Administración de la Circunscripción Judicial Boquerón, y puesto a conocimiento de los Señores Miembros en sesión ordinaria del 28 de noviembre de 2024. – 

  • El Jurado resolvió posponer el tratamiento de este punto para un mayor análisis del mismo.

* Análisis sobre la apertura de investigación preliminar previa o enjuiciamiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley n.° 6814/21, con relación a las publicaciones periodísticas tituladas: “Desmantelan una supuesta red de estafa que operaba con un Juzgado de Paz”; “Fiscalía allanó Juzgado de Paz de Benjamín Aceval”; “Estafa con vehículos: La intervención del Juez es determinante”, y puesto a conocimiento de los Señores Miembros en sesión ordinaria del 28 de noviembre de 2024. –

  • El Jurado resolvió disponer el inicio de un enjuiciamiento oficioso al Abg. Roberto Carlos Ferreira, Juez de Paz de la ciudad de Benjamín Aceval, Circunscripción Judicial de Presidente Hayes, a tenor de lo dispuesto en el Art. 18 de la Ley n.° 6814/2021.  
  • Fiscal Acusadora la Abg. Cristina Armoa Santander.

2) ESTUDIO DE DESISTIMIENTO– KUATIA ÑEHESA’ỸIJO DESISTIMIENTO REHEGUA

* Causa n.º 66/2024 caratulada: “Wilfrido Adrián Cáceres Flores c/ ABG. SILVIO IGNACIO CORBETA DINAMARCA, Agente Fiscal de la Unidad Penal N.° 08 Especializada de Delitos Económicos y Anticorrupción de la Capital s/ Acusación”.

Expediente caratulado: “Wilfrido Adrián Cáceres Flores y otros s/ Enriquecimiento ilícito y Lavado de activos”-

  • El Jurado resolvió tener por desistido al recurrente y en consecuencia archivar la causa.

III) ASUNTOS VARIOS – OPAICHAGUA MBA’E

1- En referencia a la nota presentada por el ministro Manuel Ramírez Candia, en la cual solicita se deje sin efecto el numeral 2 del A.I. n.º 68/2024, de fecha 23/05/2024, por el cual se había revocado el pedido de suspensión de las magistradas enjuiciadas Carmen Elizabeth Silva Bóveda, Ana Graciela Aguirre Nuñez y Mirna Carolina Soto González, ante el pedido formulado por el Presidente de la Circunscripción Judicial de Amambay, el Jurado resolvió: REVOCAR el A.I. n.° 68/24 de fecha 23 de mayo de 2024, de conformidad con los argumentos expuestos; y en consecuencia, dar cumplimiento a lo resuelto en el apartado 2) del Auto Interlocutorio n.° 42/24, de fecha 18 de abril de 2024, que dispuso: “SOLICITAR a la Excma. Corte Suprema de Justicia, la suspensión en el cargo y del goce de sueldo de los Miembros del Tribunal de Sentencia de la Circunscripción Judicial de Amambay, Abgs. CARMEN ELIZABETH SILVA BÓVEDA, ANA GRACIELA AGUIRRE NÚÑEZ y MIRNA CAROLINA SOTO GONZALEZ, de conformidad artículo 13, inciso c), de ley nº 6814/2021 y el artículo 259, numeral 7), de la Constitución Nacional.

    2- En relación a las causas abiertas en contra de las fiscalas Katia Uemura y Stella Mary Cano y a la magistrada Sadi Lopez; asimismo como, en el caso conocido como «mafia de pagarés», el JEM RESOLVIÓ REITERAR las notas N.° 26/2025, 27/2025, 28/2025, remitidas en fecha 6 de febrero de 2025 a la Fiscalía General del Estado y a la Agente Fiscal Abg. Belinda Bobadilla, referidas al pedido de informe sobre si existen o no causas abiertas e imputaciones en contra de las fiscalas Katia Uemura y Stella Mary Cano y de la magistrada Sadi López y de los involucrados en el caso «mafia de pagarés», a efectos de analizar la viabilidad de la aplicación el Art. 13 de la Ley n.° 6814/21.

    3- El Jurado tomó conocimiento formal de lo expuesto por el ministro Cesar Garay en relación a las publicación periodística: “Camioneta robada en poder de funcionaria fiscal termina en sobreseimiento”, a efectos de que una vez cumplido el plazo, el Pleno pueda expedirse sobre el análisis de la viabilidad del inicio de oficio de una investigación preliminar o de un enjuiciamiento, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley N.° 6814/2021. El plazo legal se cumplirá el 14 de marzo de 2025.

    4- El Jurado toma conocimiento formal de lo expuesto por el ministro Cesar Garay en relación a la nota del Abg. Robin Miranda, recepcionada en su despacho,  anoticiando que formuló denuncia penal contra el Abg. Carlos Alberto Lezcano,Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral con Sede en la Ciudad de Filadelfia, Circunscripción Judicial de Boquerón por sus actuaciones en el expediente: “Peter Neufeld s/ sucesión”, para que una vez cumplido el plazo, el Pleno pueda expedirse sobre el análisis de la viabilidad respecto al inicio de oficio de una investigación preliminar o de un enjuiciamiento, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley N.° 6814/2021. El plazo para efecto se cumplirá el 14 de marzo de 2025.

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