II) CONSIDERACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL 05 DE DICIEMBRE DE 2024.

    • El Jurado resolvió aprobar por unanimidad el acta de la Sesión Ordinaria de fecha 05 de diciembre de 2024.

    II) ESTUDIO DE EXPEDIENTES – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO REHEGUA

    1) ANÁLISIS DE ANTECEDENTES

      * Análisis sobre la apertura de investigación preliminar previa o enjuiciamiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley n.° 6814/21, con relación a los antecedentes remitidos por el Ministro de la Corte Suprema de Justicia, respecto a la Auditoria de Gestión Jurisdiccional realizada al Juzgado de Ejecución Penal de la ciudad de Villa Hayes, y puestos a conocimiento de los Señores Miembros en sesión ordinaria del 16 de mayo de 2024. –

      • A solicitud de Diputado Nacional Alejandro Aguilera, el Jurado resolvió posponer el análisis de los antecedentes remitidos por el Ministro de la Corte Suprema de Justicia Prof. Dr. César Garay.

      * Análisis sobre la apertura de investigación preliminar previa o enjuiciamiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley n.° 6814/21, con relación a las publicaciones periodísticas titulada: “Juez envía a su casa a supuesto jefe de piratas del asfalto que estaba en cárcel de máxima seguridad”; “Juez le dio un guiño a la impunidad, según fiscales de Crimen Organizado”; “Corte ordena auditoría a juez que benefició con medidas a supuesto pirata del asfalto”; “Supuesto pirata del asfalto debe volver a prisión, pero ya no lo encuentran”, y puesto a conocimiento de los Señores Miembros en sesión ordinaria del 17 de octubre de 2024. –

      • El Jurado resolvió iniciar una investigación preliminar previa con relación a las actuaciones del magistrado Abg. Carlos Raúl Zelaya, en consecuencia librar los oficios pertinentes a efecto de traer a la vista un informe pormenorizado. Así también como las compulsas de las causas penales que guardan relación con la información obtenida de conformidad a lo que estable el Art. 18 de la Ley n.° 6814/21.

      * Análisis sobre la apertura de investigación preliminar previa o enjuiciamiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley n.° 6814/21, con relación a la publicación periodística titulada: “Juez civil y comercial niega movimientos en miles de USS”, y puesto a conocimiento de los Señores Miembros en sesión ordinaria del 31 de octubre de 2024. –

      • El Jurado resolvió archivar los antecedentes remitidos.

      2) EXPEDIENTE PARA ESTUDIO Y CONSIDERACIÓN – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO HA TECHAKUAA HAĞUA

      * Análisis de admisibilidad y procedencia de la acusación en la causa n.º 21/2024 caratulada: “Heber Medina Brizuela c/ ABG. MARINA SOLEDAD SOERENSEN ASCURRA, Jueza de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia del 1° turno de la Circunscripción Judicial de la Capital s/ Acusación”.

      Expediente caratulado: «R. D. M. R. s/ Restitución”. –

      • El Jurado resolvió Rechazar in limine la presente acusación por apartarse notoriamente de las causales previstas por la Ley n.° 6814/2021.

      * Análisis de admisibilidad y procedencia de la acusación en la causa n.º 62/2024 caratulada: “Filemón Ramón Ibarrola y Abg. Sonia Ibarrola Laurent c/ ABG. MIGUEL ÁNGEL RIQUELME IRALA, Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Yuty, Circunscripción Judicial de Caazapá s/ Acusación”. 

      Expediente caratulado: «Javier Alejandro Cáceres Britos c/ Filemón Ramón Ibarrola s/ Acción preparatoria de juicio ejecutivo y Embargo preventivo. – Exp. N°. 43/2024”. –

      • El Jurado resolvió cancelar la presente causa ante la renuncia del Juez Abg. Miguel Ángel Riquelme Irala, y que fuera aceptada por la CSJ.

      3)  ESTUDIO DE DESISTIMIENTOS – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO DESISTIMIENTOS REHEGUA

      * Causa n.º 91/2024 caratulada: “Mario Edmundo Benítez Acuña c/ ABG. ALFREDO BARRIOS JARA, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 5° turno de la Circunscripción Judicial de la Capital s/ Acusación”.

      Expediente caratulado: “Banco de desarrollo S.A. en liquidación c/ Paola Andrea Perrier Nunes s/ Ejec. hipotecaria».

      • El Jurado resolvió tener por desistido al recurrente y en consecuencia archivar la causa.

      * Causa n.º 164/2024 caratulada: “Abg. Luis Mariano Villasanti González c/ ABG. BLAS ALCIDES FIGUEREDO MIRANDA, Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del 2° turno de la ciudad de Capiatá, Circunscripción Judicial de Central s/ Acusación”.

      Expediente caratulado: “Stella Lorenza Espínola Campuzano y otros c/ Martin Diego Faraldo Aquino s/ Desalojo – Exp. N° 1177/2018”-

      • El Jurado resolvió tener por desistido al recurrente y en consecuencia archivar la causa.

      III) ANÁLISIS Y CONSIDERACIÓN DEL PROYECTO CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (MITIC) Y EL JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS (JEM)”.

      • El Jurado resolvió aprobar la firma del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional.

      IV) ASUNTOS VARIOS – OPAICHAGUA MBA’E

      1. La presidenta informa al Pleno y a la ciudadanía en gral. que,  el día de ayer miércoles 11 de diciembre, fue firmado el convenio JEM – MINISTERIO DE JUSTICIA.
      2. El JEM toma conocimiento de los antecedentes remitidos por el Ministro César Antonio Garay referente a la nota presentada por el intendente del Municipio Esteban Vera Martínez, y una vez cumplido el plazo, el  Pleno pueda expedirse sobre el análisis de la viabilidad, respecto al inicio de oficio de una investigación preliminar o de un enjuiciamiento, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley N.° 6814/2021. El plazo para efecto se cumplirá el 12 de febrero de 2025.

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