I- CONSIDERACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 21 DE MARZO DE  2023 – TECHAKUAA ATY ÑE’ Ê ORDINARIA ARANGE 21 JASYAPY  2023-me.

  • EL Jurado resolvió Aprobar  el acta de la Sesión Ordinaria de fecha 21 de marzo de 2023

II- ESTUDIO DE EXPEDIENTES – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO REHEGUA

  1. Audiencias ante el Pleno – TENDUHA JURADO RENONDÉPE

1a) Audiencias testificales de los señores Sergio Daniel Larroza Díaz, Rian Augusto Tormena e Iván Emilio Oliveira en la causa n.º 12/2022 caratulada: “ABGS. SILVIO ALEGRE, FÁTIMA VILLASBOA y MIRTHA ORTIZ, Agentes Fiscales de las Unidades Penales n.° 03, 06 y 07 de la ciudad de Luque, Sede Fiscal del Departamento Central, y ABG. JORGE NOGUERA, Agente Fiscal de la Unidad n.° 02 de la Fiscalía Barrial n.° 07 de la Capital s/ Enjuiciamiento”.

Expedientes caratulados: “Andrea Beatriz Tejera Llamas s/ Estafa”; “Cristian Colbes Sanabria s/ Estafa”; “Armando Miguel Perito s/ Estafa”; “Sergio Daniel Larroza s/ Estafa”; “Rian Augusto Tormena s/ Estafa”; “Iván Emilio Oliveira s/ Estafa”; “Edgar Waldemar Troche s/ Estafa”; “Alberto Doldán Ovelar s/ Estafa”; “Julio Daniel Dávalos Notario s/ Estafa”; “José Julián Torrijos s/ Estafa”; “Teresita de Jesús López Romero s/ Estafa” y “Celsa Lombardo (Guipa S.A.) s/ Estafa”.-

Partes intervinientes:

Parte enjuiciada: Agente Fiscal Abg. Silvio Alegre – Abogados patrocinantes: Mario Soriano Elizeche González y Francisco Javier Godoy M. (Forma Presencial).

Fiscal acusadora: Carmela Ramírez. (Forma Presencial).

  • El Jurado resolvió, señalar nueva fecha para el testigo Sergio Larroza conforme al Art. 319 del Código Procesal Civil y, tener por desistidos a los testigos Ivan Oliveira y Rian Augusto Tormena.
  • Estudio de SentenciaÑEMOARANDU TEKOJOPY REHEGUA

2a) Causa n.º 204/2018 caratulada: “ABG. ALFREDO ACOSTA HEYN, Agente Fiscal de la Unidad Penal n.° 02 de la ciudad de Hernandarias, Sede Fiscal de Alto Paraná s/ Enjuiciamiento”.

Expediente caratulado: «Ministerio Público c/ Rubén Milciades Fleitas Cristaldo s/ Violencia familiar”.-

  • El Jurado resolvió Postergar por 15 días el estudio de la presente causa.
  • Estudio de Desistimientos – KUATIA ÑEHESA’ ỸIJO TEKOJOPY REHEGUA

3a) Causa n.º 02/2023 caratulada: “Eulogia Álvarez Delgado c/ ABGS. ÁNGELA CAROLINA JARA VALLEJOS, CRISTEL SANDRINA MULLER DE PERALTA y LILIANA RUIZ DÍAZ, Juezas de Liquidación y Sentencia de la Circunscripción Judicial del Departamento de Cordillera s/ Acusación”.

Expediente caratulado: «Nery Ramón Veloso Rivas s/ Hecho punible contra la vida – Homicidio culposo en Arroyos y Esteros”.-

  • El Jurado resolvió hacer efectivo el Apercibimiento, tener por desistido a la recurrente. Asimismo, la remisión del expediente a la Dirección General de Asuntos Legales a los efectos del estudio respecto a la correspondencia o no, del inicio de una investigación de oficio conforme a lo establecido en el Art. 18 de la Ley n.° 6814/2021.

3b) Causa n.º 12/2023 caratulada: “Abg. Juan Francisco Valdez G. c/ ABGS. ENRIQUE MONGELÓS, MIGUEL ÁNGEL RODAS RUIZ DÍAZ y GIUSEPPE FOSSATI LÓPEZ, Miembros de la 4ª Sala del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Circunscripción Judicial de la Capital s/ Acusación”.

Expediente caratulado: “María Selva Diana de Armoa c/ Caja de Jubilaciones de Empleados de Bancos y afines s/ Acción autónoma de nulidad”.-

  • El Jurado resolvió hacer efectivo el Apercibimiento y tener por desistido al recurrente. Asimismo, la remisión del expediente a la  Dirección General de Asuntos Legales a los efectos si corresponde o no la apertura de una investigación preliminar previa, conforme a la disposición del Art. 18 de la Ley n.° 6814/2021.

4) Expedientes para Estudio y Consideración – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO HA TECHAKUAA HAĞUA

4a) Causa n.º 07/2023 caratulada: “Abg. Guillermo Ferreiro Cristaldo c/ ABG. STELLA MARY CANO, Agente Fiscal de la Unidad Penal n.° 03, Sede n.° 01 de la Capital s/ Acusación”.

Expediente caratulado: «Marcelo Mancuello Ríos y otros s/ Lesión de confianza y otros”.-

  • El Jurado resolvió Postergar por 15 días el estudio de la presente causa.

4b) Causa n.º 10/2023 caratulada: “Darío Martínez Gómez c/ ABG. LUCRECIO CABRERA VELÁZQUEZ, Agente Fiscal de la Unidad Penal n.° 02 de la ciudad de Curuguaty, Sede Fiscal del Departamento de Canindeyú s/ Acusación”.

Expediente caratulado: «Rodri Arnaldo Domínguez Flores s/ Hurto y otros”.-

  • El Jurado resolvió Postergar por 15 días el estudio de la presente causa.
  1. ASUNTOS VARIOS – OPAICHAGUA MBA’E

Como primer punto, el Presidente del Jurado puso a conocimiento de los Señores Miembros temas a ser analizados sobre lo siguiente: conforme a las prerrogativas vigentes, previstas en el art. 2 de la Ley 6814/21 inc. g), la cual dispone: «…Velar por el buen comportamiento, eficiencia y moralidad de los funcionarios dependientes del jurado y ejercer la facultad disciplinaria conforme a la presente ley y los reglamentos…» y en uso de mis atribuciones, solicite la apertura de una investigación preliminar a los efectos de establecer la existencia o no de mérito suficiente para la apertura de sumario administrativo, en relación a conductas atribuidas a supuestos funcionarios de este órgano, con posterioridad a lo resuelto en sesión extraordinaria por el Pleno del JEM del día jueves 23 de marzo de 2023, en base a publicaciones realizadas en distintos medios de prensa, encomendando a la Dirección de Talento Humano a recabar el informe previo y elementos necesarios, y su posterior remisión a la Dirección General de Asuntos Legales.

Así también, he peticionado se arbitren los mecanismos correspondientes, en atención a la normativa vigente del Reglamento Disciplinario en su art. 13 DILIGENCIAS PREVIAS que en su parte pertinente reza: «…ante la denuncia o el conocimiento de hechos irregulares que involucren a funcionarios del Jurado, la Direccion General de Asuntos Juridicos , deberá analizar la información disponible y, en caso de contar con los elementos necesarios, elevará un dictamen.»

En ese sentido, el Pleno del Jurado resolvió la apertura de una investigación preliminar a funcionarios que participaron de la manifestación posterior a lo resuelto en Sesión Extraordinaria por el Pleno del JEM, el día jueves 23 de marzo del 2023, a los efectos de establecer la existencia o no de mérito suficiente para la apertura de un sumario administrativo.

Segundo punto, en la tramitación de la aprobación de actas de sesión, el Jurado resolvió disponer la posibilidad de la aprobación de las actas de sesiones extraordinarias en la siguiente sesión, ya sea éstas ordinarias o extraordinarias.

Tercer punto, el Presidente puso a conocimiento del Pleno la necesidad de realizar nuevamente el sorteo para fiscal acusador en diversas causas, debido a que la fiscal acusadora Abg. Cinthia Vera, quien salió sorteada inicialmente, se encuentra con permiso de maternidad desde el 16 de marzo del año en curso. A consideración de los demás Miembros Luego de estas argumentaciones se procedió al sorteo para nueva designación en las siguientes causas:

Causa nº 98/2022 caratulada: «Abg. Claudia Mosqueira, Jueza Penal de Garantías de la ciudad de Villarrica, Circunscripción Judicial de Guaira s/ Enjuiciamiento.

Fiscal Acusador: Abg. Celso Ayala

Causa nº 181/2021: «Abg. Victoriana Cáceres Duarte, Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno, Circunscripción Judicial de Alto Paraná».

 Fiscal Acusador: Abg. Rodrigo Legal.

 Causa nº 47/2022: «Abg. Miguel Ángel Castillo Ruiz, Juez de Paz de Puerto Guarani, Circunscripción Judicial de Alto Paraguay s/ Enjuiciamiento».

Fiscal Acusador: Abg. Celso Ayala.

4) El Senador Nacional Ramón Retamozo puso a consideración del Presidente y los Miembros los hechos denunciados en las siguientes publicaciones periodísticas: El periodista Héctor Alegre, en su cuenta de Twitter, publicó una entrevista que mantuvo con el Abg. Defensor del Empresario Boliviano Rodrigo Suárez, quien denunció a la Defensora Pública de la ciudad de Santaní Abg. Yrene Peña Cabral, por haber solicitado dinero a su cliente desde el comienzo del proceso penal, para pagar a los fiscales y jueces que intervinieron en ese mismo en una causa penal abierta al mismo por el supuesto hecho de Sustracción de Energía Eléctrica. –

Así también, según la publicación, el afectado puso a conocimiento de los miembros del Tribunal de Sentencia de Santaní, compuesto por los Magistrados Guido Marecos, Mercedes Urunaga y Romi Onieva, sobre la conducta de la Defensora Pública, de quien pedía dinero en nombre de los Magistrados, sin embargo, siempre según el afectado, el Tribunal de Sentencia dejó pasar por alto el hecho y finalmente condenó. –

Publicación del 25/03/23 – Diario ABC Color, en un artículo titulado: “Tribunal revoca absolución y ordena nuevo juicio para Cachorrao”, expuso que un tribunal de Apelación de Pedro Juan Caballero, anuló la absolución decretada por el Tribunal de Sentencia compuesto por las Magistradas Carmen Silva Boveda, Ana Aguirre Núñez y Mirna Soto González, a favor del señor Waldemar Pereira Rivas, alias “Cachorrao”, en el proceso penal sobre el asesinato del periodista Leo Vera.

En la misma fecha, el mencionado diario también publicó un artículo titulado: «Jueza envía a sus casas a cinco supuestos criminales», donde expuso que la Jueza Penal de Garantías de la ciudad de Katueté (Dpto. de Canindeyu), Ilda Acosta, otorgó arresto domiciliario a cinco brasileños que habían sido capturados por tener fusiles de guerra, en Pindoty Porá, Departamento de Canindeyú, y que la decisión de la Jueza sorprendió a las autoridades policiales porque los sujetos detenidos son considerados como de «alta peligrosidad». –

Si bien es cierto, que publicaciones posteriores relatan que la misma Magistrada revió su decisión inicial, no es menos cierto que aquélla determinación inicial es grave y que existe la posibilidad de que la revocación se debió al hecho de que el caso tomó estado público. –

Estos 3 casos son graves y notorios, por lo que pongo a conocimiento del pleno del Jurado, a los efectos del artículo 18 de la Ley especial.

  • El Jurado resolvió tomar nota de la intervención del Senador Ramón Retamozo respecto a los dos casos que fueran mencionados anteriormente, el agregado de los mismos con el material que provee el Senador, y; su remisión a la Dirección General de Asuntos Legales para su determinación respectos a estos casos, del plazo en que los mismos se encontrarían en condiciones de ser presentadas ante el Pleno para su tratamiento respecto al inicio o no de una investigación preliminar de estos casos.

5) A pedido del miembro Abg. Enrique Kronawetter, la causa del 2021 por la cual fue destituido el fiscal de San Pedro del Ycuamandyyu, Jorge Eduardo López Lohman, quien había imputado a Vicente Ferreira, será remitida a la Dirección de Asuntos Legales del Jurado, para su revisión.

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