Conforme con el Artículo 20 de la Ley N° 6814/2021
El escrito de acusación deberá contener:
- El nombre y la fijación del domicilio real y procesal del acusador, caso contrario, quedará legalmente constituido en la Secretaría General del Jurado. Allí le serán notificados los actos procesales que correspondan.
- El nombre y cargo del acusado.
- La enunciación circunstanciada de los hechos en que se funde la acusación.
- Las normas legales infringidas.
- El petitorio claro y preciso.
- La acreditación de los requisitos exigidos para el acusador particular.
Con el mismo escrito, el acusador deberá:
- Acompañar los documentos relacionados con la acusación o indicar el lugar donde se encuentren.
- Ofrecer las pruebas que hagan a su derecho y solicitar las medidas necesarias para que ellas se diligencien.
- Acompañar copia para el traslado.