Incidente de recusación con causa contra los Miembros Dres. Raúl Torres Kirmser, Cristian Daniel Kriskovich y Adrián Salas Coronel en la causa nº 80/2019 caratulada: “Abg. María Belén Whittingslow Castañe c/ DR. LINNEO AUGUSTO YNSFRÁN SALDÍVAR, Miembro de la Quinta Sala del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Circunscripción Judicial de la Capital s/ Acusación”.
Expediente caratulado: “Cristian Daniel Kriskovich de Vargas c/ María Belén Whittingslow Castañe s/ Indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual”.-
En este punto en particular surge que por providencia de fecha 03 de abril de 2019 se comunicó a los entonces miembros del Jurado que fueron recusados, a los efectos de que se sirvan informar sobre los hechos alegados en la recusación quienes fueron notificados por oficios.
El Ministro Ramírez Candia, al emitir su voto expresó: “Considero debe declararse inoficioso el estudio de la presente recusación debido a que los recusados ya no forman parte del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados”
En consecuencia y por unanimidad, el Jurado resolvió declarar inoficioso el estudio y resolución de la recusación con causa planteada por la acusadora Abg. María Belén Whittingslow contra los anteriores miembros de este cuerpo colegiado Dres. Raúl Torres Kirmser, Cristian Daniel Kriskovich y Adrián Salas Coronel.