En el marco de una supuesta inacción de los Agentes Fiscales de la unidad de delitos ambientales Abg. MARTA LEIVA y ERICO ÁVALOS, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, en sesión ordinaria resolvió dar inicio a una investigación preliminar a los mencionados agentes fiscales, por supuestamente haber incurrido en un hecho punible que atenta contra el medio ambiente, relacionado al desvío del cauce hídrico del Arroyo Guazú por parte de empresarios arroceros a fin de humedecer sus cultivos.
En esta reunión plenaria se analizó la concurrencia de los presupuestos requeridos por el Art. 18 de la Ley N° 6814/21 para el inicio de esta investigación.
El Ministro Manuel Ramírez Candia, al iniciar su exposición destacó que por la naturaleza del hecho, por las consecuencias que genera, primeramente porque se trata de un hecho punible contra el medio ambiente y en segundo lugar, es de conocimiento público también la consecuencia de este hecho porque ocasionó la muerte de un dirigente social de la localidad de Coronel Oviedo.
El ministro calificó este punto de grave, es un hecho notorio que ocasionó el desvío del Arroyo Guazú y en definitivas afecta el interés público porque se trata de un hecho punible contra el medio ambiente, es lo que se puede denominar un derecho difuso, por lo tanto es de interés colectivo,
Concluyó, que corresponde dar inicio a la investigación sobre la actuación funcional no solo de los dos agentes fiscales, porque según información intervinieron otros agentes fiscales. Esta investigación debe abarcar cuaderno de investigación con el que se dio apertura a este hecho y evaluar la actuación de todos los agentes fiscales que intervinieron en esta causa, para posteriormente determinar si corresponde o no la acusación en forma oficiosa por parte de los funcionarios asignados por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
El Senador Fernando Silva Facetti, tuvo una opinión contraria a su colega, expresó que si bien el hecho tomó conocimiento público, la Fiscal Marta Leiva se constituyó al lugar el 25 de enero pasado y procedió al lacrado de las bombas que eran utilizadas supuestamente por los empresarios arroceros, esto a fin de evitar el bombeo de agua hasta el arrozal.
Aclaró que la fiscalía de oficio tomó intervención y en este marco de la causa abierta, realizó dos allanamientos en los establecimientos que habrían incurrido en la comisión de supuestos delitos ambientales.
Expresó al mismo tiempo que, dichas empresas allanadas dedicadas al cultivo de arroz, cuentan con licencias ambientales y con auditorías de gestión aprobadas por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) en setiembre y octubre de 2021.
Por lo señalado, a su criterio no corresponde la apertura de una investigación preliminar, atendiendo a que según las informaciones que el mismo pudo colectar, no se puede decir que hubo inacción por parte de la fiscalía, ya que si se hicieron algunas diligencias. “no encuentro que exista una omisión de parte del Ministerio Público, al contrario hizo lo que correspondía y la autoridad de aplicación en estos casos es el MADES, que tenían ambos conformes se desprende de la información pública, tenían el estudio del impacto ambiental aprobado y tenían la auditoria en setiembre-octubre uno y otro. Esto sucedió en diciembre”, enfatizó el legislador.
El cuerpo colegiado resolvió en mayoría, iniciar la investigación preliminar previa en relación a la supuesta inacción por parte no solo de los Agentes Fiscales Erico Ávalos y Marta Leiva, sino de los que intervinieron en la causa, conforme con la denuncia de supuestos hechos punibles contra el medio ambiente específicamente contra el cauce hídrico de Arroyo Guazú, para luego requerir los informes respectivos.